
23 AGO, 2024
Por Fabián Tiscornia

La Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay (BCU, regulador y supervisor) resolvió introducir modificaciones a la forma en que los asesores de inversión y gestores de portafolio deben enviar información.
Según el análisis del abogado Marcelo Casciotti, socio de Romay Consultores, a través de las Comunicaciones 2024/158 y 2024/159, de fecha 30 de julio de 2024, la superintendencia "dio nueva redacción a la reglamentación del Registro de Instrucciones cursadas a intermediarios de valores, establecido en el literal d. del artículo 310 de la RNMV, que deben llevar asesores de inversión y gestores de portafolios".
"La modificación introducida, supone el envío de la información contenida en el Registro de Instrucciones cursadas a intermediarios de valores, a la Superintendencia de Servicios Financieros, dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre de cada trimestre", señaló Casciotti.
"Dicha información deberá ser remitida en formato XML, a través del Sistema de Envío Centralizado (Portal IDI - Manager), debiendo ajustarse a las especificaciones técnicas que estarán disponibles en la sección 'Especificaciones Técnicas' del mismo portal, con el nombre de 'Registro de Instrucciones'".
Las instrucciones necesarias para el envío de la información se encuentran en el Manual de Uso de Aplicaciones.
El abogado recordó que "la no presentación, en tiempo y forma, de la información contenida en el Registro, será sancionada con una multa diaria, que no será inferior a las 1.000 Unidades Indexadas", que equivalen a xxxxx pesos uruguayos a la fecha (unos US$ xxx).
Por último, Casciotti señaló que "las modificaciones señaladas entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 2025, fecha en que quedarán sin efecto las Comunicaciones 2023/183 y 2023/184, que establecen la redacción actual".