
30 OCT, 2025
Por RankiaPro LATAM

El directorio del Banco Central del Uruguay (BCU) resolvió "intervenir preventivamente a Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A.", tras detectar "graves incumplimientos" y además decidió suspender sus actividades y la "sustitución total de sus autoridades estatutarias, así como a Carlos Pérez y Pedro Pérez (los dos accionistas de la firma) de sus atribuciones de personal superior". Así lo afirmó en una resolución de su directorio del día miércoles 29 de octubre, divulgada este jueves 30 de octubre.
El BCU designó como interventora de la corredora de bolsa a la contadora Ana Chaves, quien ya ejerció ese mismo rol en la corredora Grupo Bursátil Uruguayo (GBU) que finalmente fue cerrada a fines de marzo de este año. Además, decidió "dar cuenta al Ministerio Público -es decir a la Fiscalía- de los hechos constatados ante la eventual consumación de conductas tipificadas como delito".
Todo empezó "en las actuaciones de supervisión -que realizó la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU- en el año 2024" donde "se consultó a la corredora de bolsa si Luis Ignacio González era empleado de la firma, respondiendo que había sido empleado de la firma hasta el año 2015 y que actualmente sólo era cliente".
El 8 de abril de 2025 "se toma conocimiento de posibles actos delictivos desarrollados en nombre del corredor de bolsa a través de una operativa realizada por Luis Ignacio González, por lo que se solicitó a la entidad que presentara un informe detallando lo ocurrido", indicó la resolución del BCU.
Por ese entonces, varios medios uruguayos informaron que los accionistas de la corredora de bolsa, denunciaron ante la Justicia uruguaya por estafa y apropiación indebida a Luis Ignacio González Palombo, un exempleado de la firma al que acusaron de captar inversores haciéndose pasar por empleado de la empresa".
El 11 de abril de 2025, la superintendencia realiza nuevas "actuaciones en la entidad labrando un acta a los accionistas/directores de la entidad (Carlos Pérez y Pedro Pérez) en la que declararon que: González no atendía a los clientes en las oficinas del corredor, concurriendo sólo como cliente o a dar alguna instrucción al operador; era él quien impartía las órdenes de operaciones para las cuentas de esos clientes y se le pagaba una comisión por las operaciones de sus clientes, desde la cuenta propia de Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A.".
Sin embargo, según consignó el BCU, esos clientes no tenía contacto con la corredora y lo hacían directamente con González y la firma no enviaba los estados de cuenta a los clientes "porque González decía que no querían recibirlos".
"No existía ningún contrato firmado entre la corredora de bolsa y González por los servicios de referenciamiento y asesoramiento que brindaba a estos clientes", afirmó el directorio del BCU y recordó que los accionistas de Pérez Marexiano sabían "que el mismo no era una persona registrada ni regulada por autoridad supervisora alguna a efectos de ofrecer servicios de asesoramiento a clientes"
El BCU detalló los incumplimientos a la normativa del mercado de valores en que incurrió la corredora de bolsa. En primer lugar, "no informó a la Superintendencia de Servicios Financieros de forma inmediata los hechos de los cuales tomó conocimiento", según la resolución.
A eso se sumó, que "para la mayoría de los clientes no existe un contrato que regule la actividad comercial existente entre el cliente y el corredor de bolsa" y tampoco existe "ninguna referencia a poderes otorgados por los clientes a González para operar sus cuentas", añadió.
"González, quien no figura en la planilla de trabajo de la entidad ni con quien existe un contrato de servicios firmado, era quien manejaba las cuentas, determinando qué inversiones realizar y para qué clientes, a través de instrucciones directas al personal de la entidad, sin que existan formularios de perfil inversor u otro documento donde conste la aceptación del cliente de su perfil de inversión y la estrategia de inversión", cuestionó el BCU.
El Central detectó más incumplimientos a la normativa por parte de la corredora: "las órdenes eran remitidas por González directamente al operador de mesa a través de llamadas telefónicas o WhatsApp no existiendo grabación de llamadas, ni tercerización de WhatsApp autorizada o informada a la Superintendencia de Servicios Financieros" y por tanto "no existe un registro formal que asegure la integridad de la información".
Además, Pérez Marexiano "no tiene implementado un procedimiento para asegurarse que se le envía el estado de cuenta a todos los clientes con una frecuencia mínima anual", criticó el regulador.
El BCU detalló varios incumplimientos de la corredora a la normativa que regula el mercado de valores uruguaya. Pero, también la resolución del directorio del Central afirmó que varios de esos incumplimientos ayudaron a facilitar la "realización de la maniobra llevada a cabo por González, lo que se considera una agravante" en la regulación.
Por otro lado, el BCU encontró que "se usaron dineros o valores de unos clientes para cumplir operaciones de la corredora de bolsa, sus accionistas o de otros clientes lo que constituye una causal grave de sanción" según la normativa.
"También se considera agravante el hecho de haber ocultado información relevante respecto de Luis Ignacio González cuando le fuera solicitado por la Superintendencia de Servicios Financieros en el año 2024, lo que configura un entorpecimiento de la fiscalización", añadió.
Para el BCU "Compañía de Valores Pérez Marexiano Sociedad de Bolsa S.A. y sus accionistas no cumplen con los estándares de conducta, aptitud y rectitud comercial y profesional".
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